Correos ha remitido circular por la que se regulan las ayudas para familiares del personal laboral fijo que fallezca a lo largo del año 2022. También tendrá derecho a las ayudas los familiares del personal eventual que tenga al menos dos años de antigüedad prestados entre los últimos seis anteriores a la fecha del fallecimiento y que tenga contrato en vigor en la misma fecha. Tendrán derecho a recibir esta ayuda en orden excluyente el cónyuge salvo que existiera divorcio, declaración de nulidad o separación legal y en segundo lugar los hijos menores de 18 años no emancipados.
Documentación exigida
- Certificado de fallecimiento, ya sea médico oficial o del Registro Civil.
- NIF del/a solicitante.
- Fotocopia del Libro de Familia o Certificado del Registro Civil en el que conste el parentesco alegado.
Plazo de Presentación de solicitudes
Desde el día 29 de junio hasta el 31 de diciembre, pudiendo ser ampliado
hasta el 15 de enero de 2023.
Las solicitudes se presentarán telemáticamente en
Conecta > Personas >
Acción Social al buzón especificado al efecto vía correo electrónico según el
Área Territorial al que pertenezca la persona trabajadora.
Área Territorial |
Nombre del Buzón |
Noroeste |
accionsocial.noroeste@correos.com |
Norte |
accionsocial.norte@correos.com |
Noreste |
accionsocial.noreste@correos.com |
Centro |
accionsocial.centro@correos.com |
Este |
accionsocial.este@correos.com |
Sur |
accionsocial.sur@correos.com |
Insular |
accionsocial.insular@correos.com |
Sede Central |
accionsocial.sedecentral@correos.com |
Cuantía de las ayudas
El importe de las ayudas será calculado en función de la edad del trabajador/a
fallecido/a y el resto de los criterios fijados en cada momento.
Instancia ayuda por fallecimiento