LAS PODRÁN SOLICITAR
L@s funcionari@s y personal laboral fijo de Correos en activo en la empresa a la fecha de publicación de esta convocatoria y a fecha de hacerse efectivo el pago. También las podrá solicitar el personal eventual con una antigüedad de dos años prestados en los últimos seis, que tengan contrato en vigor en la fecha de la presentación de la solicitud.
L@s huérfan@s de aquell@s emplead@s que hubieran fallecido estando en activo podrán ser beneficiados en los mismos supuestos que l@s hij@s.
MODALIDADES
- Tratamientos y Prótesis Bucodentales (solo para el titular y cónyuge siempre que conste como beneficiario/a y en alta en MUFACE o Seguridad Social del titular).
- Tratamientos y Prótesis Audiovisuales (solo para el titular y cónyuge siempre que conste como beneficiario/a y en alta en MUFACE o Seguridad Social del titular). No se abonarán más de dos prótesis oculares, gafas o lentillas por solicitante o cónyuge.
- Intervenciones quirúrgicas oculares del empleado/a no cubiertas por MUFACE o S. Social.
- Tratamientos de Salud Mental, motrices o psicomotrices, y celiaquía (en este caso solo para el personal laboral, el personal funcionario las puede solicitar en MUFACE), para titular, cónyuge e hijos/as siempre que consten como beneficiarios/as y en alta en MUFACE o Seguridad Social. En tratamientos de larga duración, la ayuda se aplicará a los actos médicos realizados y abonados en el período de cobertura de la convocatoria (año 2018).
REQUISITOS
- Los tratamientos deberán haber sido recibidos y abonados durante el año 2018.
- Se excluyen tratamientos de medicinas no convencionales, así como prescripciones farmacéuticas.
- El gasto a cargo del solicitante, en el caso de personal funcionario, una vez deducida la prestación de MUFACE deberá ser superior a 60 €.
DOCUMENTACIÓN
- Instancia en modelo oficial.
- Original y fotocopia de las facturas o recibos justificativos de pago en los que necesariamente constará:
- Persona que recibe el tratamiento.
- Concepto.
- Coste del tratamiento y momento en el que se ha hecho efectivo.
- Nombre o razón social, NIF o CIF, domicilio y localidad de quien los extienda.
- Recibí o pagado de quien extiende la factura. Una vez cotejados los datos, el original le será devuelto al interesado.
Si es funcionario/a, visado de la factura efectuado por MUFACE, o copia de la resolución en la que se deniega la misma. En caso de no disponer de ninguno de estos requisitos, se entenderá que no se solicitó la prestación y se efectuará el descuento que corresponda al importe de la factura. Para solicitudes referidas a cónyuge o a hijos, deberán aportarse fotocopias del libro de familia y de la cartilla de la Seguridad Social o MUFACE en la que conste su condición de beneficiario.
Las solicitudes, original y copia deberán ser dirigidas a las Unidades de Recursos Humanos o Relaciones Laborales de cada Dirección Territorial o Jefatura Provincial, que devolverán copia sellada al solicitante. El personal del Centro Directivo las dirigirá a la Sección de Asuntos Sociales de la Dirección de Recursos Humanos.
Bases de la convocatoria de ayuda a la salud.
Pincha aquí para bajar la instancia