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Nuevas sentencias judiciales favorables a los derechos de conciliación del personal readaptado

Viernes 14 de julio de 2023

Desde CGT no nos cansamos de denunciar permanentemente la política empresarial de Correos con el personal readaptado por sufrir problemas de salud. La empresa suele responder dificultando aun más la vida laboral y personal de estos compañeros. En demasiadas ocasiones cuando un trabajador solicita una readaptación, la empresa suele responder asignado al compañero a un puesto muy lejano a su domicilio, a realizar funciones nada recomendables, y además te cambian al turno de tarde de un día para otro, sin importarles si tienes hijos y obligaciones familiares. Es una de tantas vergüenzas e injusticias que se sufren en esta empresa.

De esta forma estamos todos los días con denuncias y en los tribunales. Hemos ganado últimamente varias sentencias judiciales que revocan cambios de turno impuestos por Correos. Recientemente hemos tenido más sentencias favorables. Una de ellas es de un caso de una cartera del distrito 30, que fue readaptada a Barajas en el turno de tarde, pese a tener una hija pequeña. El juzgado dictamina que el cambio de turno forzoso no estaba justificado, y que una readaptación no “otorga un poder absoluto para variar el resto de condiciones de la relación laboral”.

Hay otra sentencia reciente e importante de un compañero readaptado en el CTA en el turno de tarde que tiene tres hijos, y que supone que con este horario apenas pueda verlos. Esta persona solicitaba el turno de mañana y la empresa lo negaba alegando “inexistencia de plazas”. La sentencia declara como hechos probados que “la actividad en el turno de mañana es de menor intensidad que la que supone la realización de las funciones en el turno de tarde”, y que en el tuno de mañana “los requerimientos de salud laboral son interiores”. Es decir, el tribunal ha puesto de manifiesto de alguna manera que los ritmos de trabajo por la tarde son más intensos en el CTA. Por lo tanto, entendemos que se actúa de una forma negligente readaptando a los trabajadores con problemas de salud casi siempre en turno de tarde con las consecuentes repercusiones negativas en la salud.

El juzgado añade que hay vacantes en el turno de mañana como lo prueban los reajustes locales y la contratación temporal. Indica que la empresa no acredita “impedimentos insalvables” o “dificultad organizativa” que no permita conceder el turno de mañana. La sentencia también deja claro que Correos no alega pruebas suficientes para conceder el turno de mañana. También expresa que ofrecer el turno de noche no es una alternativa viable en estos casos, tanto por cuestiones de salud como por motivos de cuidado de sus hijos menores. Además, el juez considera que se ha producido un daño moral al trabajador dado que Correos ha vulnerado un derecho fundamental, por lo que establece una indemnización de 3.000 euros.

Mientras estábamos escribiendo este comunicado, nos ha llegado la noticia de otra sentencia ganada al respecto. Una trabajadora que al ser readaptada, paso de ser cartera en la UR de Parla por la mañana, a ser trasladada al CTA en turno de tarde, pese a vivir en Illescas y tener tres hijos pequeños. Cuando la compañera expuso las tremendas dificultades que suponían este cambio para su vida laboral y familiar, la empresa alego que pidiera en el concurso o que la podían cambiar en el turno de noche. Y sabemos que el concurso es un mecanismo lento, tampoco y en el que nos salen todas las vacantes. Finalmente se fue a juicio y el juzgado, y la sentencia también indica que hay contratación temporal por la mañana y vacantes en el mismo turno como lo demuestran los reajustes locales. Además, deja claro como en otras sentencias que la existencia de otro progenitor no es motivo de denegar un derecho que es personal e individual. También incide en que la empresa no ha negociado con la trabajadora, tal y como obliga el artículo 34 del ET, y que Correos “no ha argumentando mínimamente las dificultades organizativas o productivas”, y “no ha acreditado la existencia de problemas organizativos” para denegar el turno de mañana, mientras que la trabajadora si ha acreditado razonablemente sus necesidades de conciliación familiares.

En definitiva, Correos incumple reiteradamente la ley y deniega injustificadamente derechos. Desde CGT vamos a seguir peleando sin descanso para salvaguardar los derechos de conciliación de la vida laboral y familiar de todos los trabajadores, incluidos los compañeros readaptados, que sufren diariamente todo tipo de obstáculos por parte de la empresa.

CGT Correos Madrid. C/ Conde de Peñalver Nº 19, 6ª planta, despacho 2. Teléfonos 913962327 y 914314665. madrid.cgtcorreos@cgt.es
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