EMBARAZADAS

Lunes 29 de julio de 2013

Ante los presuntos ataques continuados contra la salud de los trabajadores/as por parte del SSP de la S.E. Correos y Telégrafos SA., que afectan de manera especial a las compañeras embarazadas con dos casos de aborto ocurridos en la empresa presuntamente relacionados con el entorno laboral, queremos informaros de que existe un protocolo de embarazadas no consensuado y denunciado por este sindicato, que la empresa incumple sistemáticamente, ante esta situación recomendamos informar por escrito y registro la situación de embarazo, parto y lactancia al SPP, para evitarnos situaciones peligrosas.

Tras la comunicación de embarazo o lactancia por parte de la trabajadora el empresario debe reevaluar los riesgos y ante una situación de persistencia de riesgo para la seguridad y salud, tanto de la mujer como para su descendencia, el empresario adoptará las medidas necesarias para evitar la exposición a dicho riesgo. Algo que nunca hace.

Hay tres factores altamente peligrosos, la manipulación manual de cargas, movimientos y posturas y desplazamiento fuera y dentro del lugar de trabajo, aunque existen más riesgos las trabajadoras de Correos se enfrentan en un 99% con estas situaciones.

La manipulación manual de cargas: Riesgo de lesión fetal y parto prematuro. El riesgo aumenta a medida que el embarazo evoluciona. Puede también haber riesgos para las trabajadoras que han dado a luz recientemente. Las madres en periodo de lactancia pueden experimentar cierto malestar debido al aumento del tamaño y sensibilidad de los senos.

Como se evita: Evitar la necesidad de manipulaciones manuales que entrañen riesgos; Evaluar los riesgos que conllevan las actividades que no pueden evitarse; y Adoptar medidas a fin de reducir al mínimo esos riesgos RD 487/199741.

Movimientos y posturas: Los riesgos resultan de varios factores, juntos o aislados: la naturaleza, duración y frecuencia de las tareas /movimientos; el ritmo, la intensidad y la variedad del trabajo; la organización del tiempo de trabajo y pausas para el descanso; los factores ergonómicos y el ambiente de trabajo en general; o la conveniencia y adaptabilidad de cualquier equipo de trabajo utilizado. Los cambios hormonales en las mujeres embarazadas o que han dado a luz recientemente pueden afectar a los ligamentos, aumentando la predisposición a las lesiones. Las tareas que conllevan movimientos incómodos o largos periodos de pie o sentada sin cambiar de postura contribuyen al desarrollo de varices y de hemorroides, así como al dolor de espalda. Los problemas de movimientos y posturas pueden surgir en diversas fases del embarazo y tras la reincorporación al puesto de trabajo (en especial después de un parto con Complicaciones médicas), en función de cada trabajadora y de las actividades y condiciones de trabajo.

Como se evita: El empresario debe adoptar las medidas necesarias para evitar que las trabajadoras embarazadas, que hayan dado a luz recientemente o que estén en periodo de lactancia se vean expuestas a: una manipulación manual que conlleve riesgos de lesión; movimientos y posturas incómodos, especialmente en espacios reducidos; trabajo en altura. Si fuera necesario, introducción o adaptación del equipo de trabajo y de los dispositivos de elevación, modificación del sistema de almacenado o remodelación de los puestos de trabajo o de las actividades. Evitar la manipulación de cargas durante largos periodos, o permanecer de pie o sentada sin hacer periódicamente ejercicio o movimiento para mantener una buena circulación.

Desplazamiento dentro y fuera del establecimiento: Los Desplazamientos durante el trabajo, o entre el domicilio y el lugar de trabajo, pueden ser problemáticos para las embarazadas, ya que conllevan un riesgo de cansancio, vibraciones, estrés, postura Estática, malestar y accidentes. Estos riesgos pueden tener importantes consecuencias para la salud de las mujeres embarazadas o que han dado a luz recientemente. Se evita no realizándolos.

Cuando la adaptación de las condiciones o del tiempo de trabajo no resultase posible o, a pesar de tal adaptación, las condiciones de un puesto de trabajo pudieran influir negativamente en la salud de la trabajadora embarazada o del feto, y así lo certifiquen los Servicios Médicos del Instituto Nacional de la Seguridad Social o de las Mutuas, en función de la Entidad con la que la empresa tenga concertada la cobertura de los riesgos profesionales, con el informe del médico del Servicio Nacional de Salud que asista facultativamente a la trabajadora, ésta deberá desempeñar un puesto de trabajo o función diferente y compatible con su estado. El empresario deberá Determinar, previa consulta con los representantes de los trabajadores, la relación de los puestos de trabajo exentos de riesgos a estos efectos.

En el CESL no habido ningún consenso ni consulta referente a este protocolo si no una imposición autoritaria por parte del SPP que considera que no hay ningún puesto de riesgo para las compañeras embarazadas. También queremos recordaros que Las trabajadoras embarazadas tendrán derecho a ausentarse del trabajo, con derecho a remuneración, para la realización de exámenes prenatales y Técnicas de preparación al parto, previo aviso al empresario y justificación de la necesidad de su realización dentro de la jornada de trabajo.

La Directiva92/85/CEE relativa a la aplicación de medidas para promover la mejora de la seguridad y de la salud en el trabajo de la trabajadora embarazada, que haya dado a luz o en periodo de lactancia; las directrices de la Comisión Europea COM(2000) 466 final; y las Guías de buenas prácticas editadas por el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, NINGUNA DE ESTAS NORMAS SON DE APLICACIÓN EN LA EMPRESA, que en busca del 0% de absentismo y la máxima productividad con los mejores resultados económicos, vulnera las leyes y normativas en salud laboral con toda impunidad.

LA PROTECCION DE LA MATERNIDAD EN EL TRABAJO ES UN DERECHO, EJERCELO POR TI Y POR TUS HIJ@S.
CGT Correos Madrid. C/ Conde de Peñalver Nº 19, 6ª planta, despacho 2. Teléfonos 913962327 y 914314665. madrid.cgtcorreos@cgt.es
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