Supongamos que estamos enferm@s, no hemos pegado ojo en toda la noche, tenemos fiebre, nos duelen todos los huesos... según el procedimiento de incapacidad temporal por contingencias comunes para el personal laboral que entró en vigor el 1 de Enero, nuestras obligaciones con la empresa son las siguientes: “Comunicar por teléfono la ausencia durante la primera media hora del inicio de la jornada o por escrito las 24 horas siguientes y presentar parte de baja médica en un plazo de tres días a partir de su expedición.” En definitiva, Correos y “sus amigos” presionan a los enfermos ya no solo económicamente también protocolariamente.