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La sección de CGT exige a CGI el fin de las guardias obligatorias. Desde el principio esta sección sindical se ha esforzado en defender el derecho de los/las trabajadores/as de Nácar a decidir voluntaria y libremente si quieren hacer o no hacer las guardias que se imponen en diversos proyectos, ajustándose con ello a la legislación vigente en lo que respecta al tratamiento de las horas extraordinarias. La empresa nos recibió inicialmente para una primera reunión en la que trataríamos el tema, y parece ser que se vio sorprendida por las exigencias planteadas, más bien el interés parecía ser el "tantear" el terreno, comprobar que era eso de lo que nunca se había oído hablar en Nácar o en CGI: sindicato.
En la reunión de la que hablamos, la empresa expresó su desacuerdo con nuestra postura (que desde luego no es una exigencia reivindicativa sino una exigencia del cumplimento de la ley) y nos instó a arreglarlo por medio de una tercera parte. Y eso hicimos presentando denuncia ante la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. De la inspección nos llamaron el día 20 de junio, en la que nos reunimos con el representante de CGI. Insistía en afirmar la única vía de escape de la empresa: que las horas de guardias eran horas normales ya que la empresa podría disponer libemente de nuestro horario al no tener representantes de los trabajadores para pactarlo. Evidentemente es un dato falso ya que con representantes o sin ellos se debe avisar a los trabajadores con al menos 30 días de antelación antes del cambio de horario; cosa bastante imposible teniendo en cuenta que las horas de trabajo de las guardias son horas de intervención, y no es posible averigüar de antemano cuando pueden llamarte. Esto por no hablar del descanso, ¿las horas de disponibilidad son horas de las que dispongo como quiero? Podemos conceder que estar disponible no es trabajar, pero no puedo hacer lo que quiera pendiente de un móvil y un portátil que necesita cobertura 3G para funcionar plenamente: no es posible ir al cine, ni estar en un pub, ni siquiera en zonas sin cobertura o en una discoteca donde no puede oir el teléfiono... También aquí habría que hablar del día y medio de descanso ininterrumpido semanal contemplado en la ley, que con muy pocas horas de intervención podría no cumplirse, las 36 horas máximas en jornada intensiva, etc, etc... Las guardias sólo pueden entenderse como horas extraordinarias, así está en otras empresas y así debe ser en la nuestra aunque CGI se aferre en buscar explicaciones rídiculas (y falsas, al decir que esas horas se pagaban y además se descansaban otra semana) para seguir aumentando beneficios siempre a costa de los mismos. Actualmente aún estamos a la espera de respuesta por parte de la Inspección de Trabajo. |